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Invalida Tribunal Electoral nombramiento del director de la Unidad de Atención a los Pueblos Indígenas del ayuntamiento capitalino, ordena que invite a las demás comunidades a elegir nuevo director
14:22 viernes 1 mayo, 2020
San LuisEl tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí por medio del expediente TESLP/JDC/67/2019 concluyó que fue ilegal la invitación pública para ocupar el cargo de director de la Unidad de Atención a los Pueblos Indígenas del Ayuntamiento de San Luis Potosí, publicada en medios de comunicación el pasado 29 de octubre de 2019. De igual manera, se decidió que el acta de asamblea en la que se designó a Zenón Santiago Cervantes como Titular de la Unidad de Atención a los Pueblos Indígenas del Ayuntamiento de la capital es ilegal, por lo cual se ordenó a remover a Zenón Santiago Cervantes de este cargo. Por lo anterior, el Tribunal ordeno al Ayuntamiento capitalino, que una vez que, oficialmente sean concluidas las medidas de la “Jornada Nacional de Sana Distancia” por COVID-19 promovida por la Secretaría de Salud, de manera inmediata invite a las Comunidades Mazahua, Mixteca Baja y Triqui, a elegir al nuevo director o directora de la Unidad de Atención a los Pueblas Indígenas de este ayuntamiento. Se ordenó a la Asamblea General Comunitaria de las comunidades Mazahua, Mixteca y Triqui, para que, una vez que reciban la invitación del Ayuntamiento para designar al nuevo director o directora, conforme a su normatividad interna, de manera inmediata y con libertad de acción, establezcan los mecanismos para elegir de entre sus miembros, al nuevo titular de la dirección, debiendo enviar la propuesta al ayuntamiento en mención para su ratificación. Posteriormente el ayuntamiento de la capital deberá ratificar al nuevo director o directora de la unidad de manera inmediata al Tribunal Electoral, pues en el caso de no hacerlo, se le impondrá alguna de las medidas de apremio previstas en el artículo 60 de la Ley de Justicia Electoral.