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Esta semana el Tribunal Electoral amonesta a un Diputado del Partido Verde Ecologista al Congreso de San Luis Potosí, por haber ejercido violencia de género en contra de una Diputada Local
00:03 lunes 21 enero, 2019
VIRALESCualquiera de las dos situaciones planteadas en el retruécano, vienen a ser un problema: tanto que una Institución se atribuya o arrogue más facultades que las que le confiere la Ley o que alguien que es víctima del sobre empoderamiento por alguna circunstancia, conduzca erróneamente a un Organismo Público a cometer errores graves. Tal como parece estar sucediendo en el Tribunal Electoral del Estado. Esta semana el Tribunal Electoral amonesta a un Diputado del Partido Verde Ecologista al Congreso de San Luis Potosí, por haber ejercido violencia de género en contra de una Diputada Local. Recordemos que el asunto tuvo que ver con que la Diputada Beatriz Benavente, en uso de su derecho y ejercicio de su obligación defendía un punto debatido en Sesión Pública de Pleno del Congreso; el Diputado energúmeno de nombre Edgardo Hernández Contreras del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) utilizó violentas expresiones en Tribuna en contra de la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez durante la Sesión Ordinaria del pasado 25 de octubre, sugiriendo con micrófono abierto y también en tribuna que, entre otras cosas si ella fuera hombre “le partiría la madre“ . Entre los efectos de esta resolución está solicitar al Instituto de las Mujeres en el Estado una capacitación al legislador en materia de sensibilización de género y masculinidad. En este mismo sentido, se requerirá que el Congreso del Estado lleve a cabo las acciones para transversalizar el tema de violencia política, con la finalidad de elaborar antes de tres meses un Protocolo de actuación para erradicar y atender la violencia política de género de toda mujer que trabaje en este Poder. Hasta aquí, creo que casi por aclamación estamos de acuerdo en que la actitud del Diputado es violenta, abusiva y totalmente censurable y objeto de sanciones, incluso mayores que una amonestación pública, sin embargo el debate que surge en esta cuestión es el alcance de la decisión del Tribunal Electoral que se supone está hecho para eso: cuestiones electorales; y también hay Controversia legal sobre si puede censurarse a un Diputado por su opinión aunque esta sea execrable y hasta repugnante. No está en tela de juicio la falta y el abuso del Diputado en contra de una mujer que además es su par en el Congreso, tampoco que debe sancionarse tal conducta, lo que sí es cuestionable es la competencia del Tribunal que emitió la sanción y el alcance de esta en posible violación de otros derechos así como de la propia soberanía de la Cámara de Diputados Local y de la inviolabilidad de las opiniones de los Diputados. Aun así, el fallo marca un precedente que da pie para el análisis y que ojalá provoque mayor certidumbre jurídica en protección de la mujer y para la obtención de la equidad de género. Cabe destacar que este fue un resolutivo por mayoría de votos, estando a favor por parte del Magistrado Rigoberto Garza de Lira y la Magistrada Yolanda Pedroza Reyes; mientras que el Magistrado Oskar Kalixto Sánchez votó en contra con señalamientos en particular, que seguramente se refieren también a competencia y alcance. La acción que la Diputada victima de esa agresión hizo valer y que también es cuestionable se llama Juicio de Protección de los Derechos Políticos Electorales y este último término “electoral” es claro que no tiene que ver con elecciones aunque sí con derechos políticos, pero la interpretación gramatical y sistemática de la denominación del Juicio en el contexto de la Ley de Justicia Electoral lo relaciona con los comicios. En definitiva creo que el asunto debió canalizarse hacia otras Instancias que le dieran un curso más contundente y firme en lo legal. También el Congreso debió amonestar al Diputado y cuenta con el dispositivo necesario en el Reglamento Interior y en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el no hacerlo (creo que nunca se ha hecho) representa seguir y promover más desorden legislativo. Los protocolos de violencia de género emitidos por el TEPJF y otras Instituciones deben materializarse en leyes específicas pues de otra suerte estaremos en presencia de un Empoderamiento Ilegitimo de Organismos e Instituciones envueltos en la inercia de lo que debe ser un Empoderamiento Legitimo de la Mujer y un reforzamiento de la equidad de género que sin duda puede conllevar hacia una sociedad más igualitaria y justa.