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(AUDIO) Experto aclara a qué se refiere la determinación de la SCJN al avalar revisiones sin que exista mandato legal para ello
13:53 jueves 15 marzo, 2018
MéxicoSan Luis Potosí, México (15 de Marzo del 2018).- La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de avalar las revisiones sin que medie orden judicial es una violación a acuerdos internacionales, enfatizó Jorge Chessal Palau, experto en temas legales en su colaboración para WFM 100.1 “Esto es lo que ganamos por tener una suprema corte con integración en la que están personajes, como este ministro Javier Laynez Potisek y algunos otros que definitivamente de derecho no tienen ninguna idea”. Aclaró que esta resolución no modifica en nada las revisiones que se dan en domicilios o cateos, sino que hace referencia a la revisión hacia la persona solo en dos supuestos, el primero es en caso de flagrancia y el segundo en caso de que exista una investigación judicial. No obstante enfatizó que el segundo aspecto es el que genera preocupación porque deja a interpretación de la policía el llevar a cabo detenciones e inspecciones “esto significa que cualquier persona que sea denunciada por el solo hecho de tener abierta una investigación lo pueden detener y revisar”. En el caso de la sospecha razonable quedó reducido a cuando exista flagrancia, agregó que antes de esta resolución la suprema corte había sido cautelosa de que las decisiones que tuvieran que tomar las autoridades y que implicaran afectaciones a derechos fundamentales no quedara en manos de autoridades de menor entidad sino que requiriera un procedimiento para llegar a esta conclusión por lo que se retrocede muchos años con esta resolución. Apuntó que aunque esta es una mala decisión de la SCJN no es obligatoria, pues para que declarar inconstitucionalidad se requieren ocho votos y también para que sea obligatoria la sentencia y en este caso se lograron ocho votos lo que abre la posibilidad a amparos y a que los magistrados que votaron en contra reviertan esta resolución en la sala superior. Recomendó a la ciudadanía consultar en la página de YouTube del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea la exposición de motivos por los cuales esta resolución es una “tontería” y podría ser revertida pues aún no concluye la discusión del tema.