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Pese a que el Ceepac tendría conocimiento de dichos eventos, no tiene la facultad de sancionar en caso de que se incumplan medidas sanitarias
01:55 jueves 18 febrero, 2021
San LuisDe acuerdo con los protocolos de salud aprobados por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) para el actual proceso electoral, los partidos políticos deberán informar a este organismo las actividades proselitistas que lleven a cabo, así como las medidas que implementarán para salvaguardar la salud de quienes acudan a estos eventos, señaló el consejero Marco Iván Vargas Cuellar. No obstante, pese a que el Ceepac tendría conocimiento de dichos eventos, no tiene la facultad de sancionar en caso de que se incumplan medidas sanitarias durante las mismas celebraciones. En entrevista, el consejero recordó que, ante la pandemia de covid-19, el organismo electoral aprobó el protocolo sanitario con el objetivo de garantizar la salud de la ciudadanía durante las etapas de precampaña y campaña del proceso electoral actual. Agregó que una vez que éste fue aprobado, se hizo público para que todos los actores y partidos políticos que participen en este proceso, conozcan los lineamientos que deben seguir. Precisó que dentro de este protocolo, se estableció un lineamiento para obligar a partidos y demás actores políticos a que informen, por medio de cédulas, sobre las actividades que desarrollaran con motivo de las campañas electorales. “Uno de los lineamientos que establecimos es que pusimos la obligación de que los partidos políticos tienen que informar a nosotros sobre las celebraciones de sus actividades proselitistas; la manera en que nos van a informar a nosotros, es través de una cédula donde se identifica ¿Qué evento? ¿Cuántos participantes? ¿Cuáles son las medidas que están tomando? Esto es una obligación que ya establece nuestro propio lineamiento, esa es la manera en que nosotros estamos vinculando a los partidos políticos a que nos informen sobre las celebraciones y segundo, sobre las medidas que están tomando”. Comentó que el objetivo de este requerimiento es, primero, contar con un registro de actividades para conocer las medidas sanitarias implementadas en los eventos y segundo, que este registro pueda ser colocado en una base documental para que todo tipo de autoridades conozcan la actuación de los partidos políticos. Vargas Cuéllar aclaró que la Ley Electoral no faculta al Ceepac para emitir sanciones por incumplimientos de los actores políticos en materia sanitaria, sin embargo, mencionó que en un supuesto de que un actor fuera omiso en informar a la autoridad electoral sobre aquello que se está requiriendo o que presentara información falsa, ahí sí, se podrían aplicar apercibimientos, multas o sanciones de acuerdo con la falta.