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Ministro de Corte propone en proyecto avalar participación de Ejército en tareas de seguridad interior; discusión inicia el 12 de noviembre
08:32 miércoles 31 octubre, 2018
MéxicoUn Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación propuso avalar la Ley de Seguridad Interior, que norma la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública y combate a la delincuencia. El Ministro Jorge Pardo Rebolledo elaboró un proyecto de sentencia que aprueba la participación de la milicia en labores de seguridad pública, siempre y cuando el Presidente de la República emita previamente una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior. El documento hecho público en las últimas horas, y que será discutido a partir del 12 de noviembre, respalda la validez del decreto que expidió la norma, así como 33 artículos de la misma, pero invalida totalmente seis y parcialmente cinco. "El principio consistente en que deben ser de carácter civil las instituciones de seguridad pública --incluyendo a las policiales y al propio Ministerio Público--, no impide el que las Fuerzas Armadas puedan actuar, en materia de seguridad interior, acatando las órdenes del Presidente, cuando se haga necesario su auxilio", destaca. Pardo valida en su propuesta la competencia del Congreso de la Unión para legislar en materia de seguridad interior y sugiere que ninguno de los preceptos de la ley afectan directamente los derechos de los pueblos indígenas, incluida la garantía de consulta previa. Pero, al mismo tiempo, el Ministro plantea límites y alcances de la participación de las fuerzas del orden en el marco de la nueva norma. Por un lado, cancela la posibilidad de que el Ejecutivo Federal pueda actuar sin que medie la petición de las entidades federativas. Por otro lado, también propone cancelar el artículo sexto que concede a las fuerzas federales, incluidas las militares, la facultad discrecional para implementar políticas, programas y acciones para identificar, prevenir y atender los riesgos a la seguridad interior. Otro de los candados que plantea es declarar como inconstitucionales los apartados que daban a la milicia la posibilidad de actuar sin solicitud de apoyo o auxilio de las autoridades civiles. Según el proyecto, tiene que anularse el concepto de "uso legítimo de la fuerza" previsto en la ley porque es entendido a partir de protocolos de instituciones que deben aplicarla y no de leyes de las que deberían surgir directrices sobre el uso de la fuerza en situaciones concretas y por instancias determinadas. Pardo Rebolledo también formula la invalidación del artículo octavo porque deja abierta la puerta para que el Ejecutivo interprete y defina cuáles son manifestaciones que pueden ser consideradas "de conformidad con la Constitución". "Su interpretación a contrario sensu permitiría que los desfiles, caravanas, manifestaciones, peregrinaciones o cualquier otro tipo de concentración humana de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social, incluso aquellas manifestaciones de protesta social o que tengan un motivo político-electoral que se estime no cumplen con los requisitos constitucionales, puedan ser consideradas amenazas a la seguridad interior", dice. El proyecto del Ministro corresponde a las acciones de inconstitucionalidad que presentaron diputados y senadores del Congreso de la Unión, el INAI, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el partido Movimiento Ciudadano. -- Reforma