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¿En qué horarios ofrecerá servicio el SAT durante las vacaciones de invierno?
14:03 sábado 21 diciembre, 2024
MéxicoSi tienes pensado aprovechar las vacaciones invernales para realizar algún trámite ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), te tenemos muy buenas noticias debido a que dicha institución ya dio a conocer que durante el referido periodo sí ofrecerá servicio tanto de manera digital como presencial, por lo que en esta nota te diremos en qué horarios funcionará, así como los trámites que se pueden realizar.
Fue a través de un comunicado donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mantendrá abiertas sus 157 oficinas distribuidas por todo lo largo y ancho del territorio nacional durante el periodo vacacional de invierno, esto con la intención de beneficiar a los contribuyentes que tienen que presentar algún trámite como generación o renovación de contraseña y e.firma, entre otros, además, estos servicios también se encontrarán disponibles de manera digital.
¿En qué horarios ofrecerá servicio el SAT durante las vacaciones de invierno?
Las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) regularmente ofrecen servicio de lunes a jueves en un horario de 8:30 a 16:00 horas y los viernes funcionan de 8:30 a 15:00 horas, sin embargo, se recomienda verificar el horario de atención directamente en la oficina a la que tengas contemplado acudir, mientras que los servicios digitales de la referida institución se encuentran disponibles durante las 24:00 horas del día.
En cuanto a los trámites que se podrán realizar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante el periodo vacacional de invierno, se informó que son los siguientes:
· Inscripción al RFC para personas físicas
· Cambio de domicilio
· Corrección o cambio de nombre
· Corrección o incorporación de CURP
· Entrega de constancias
· Contraseña
· Orientación fiscal
· Activa tu Buzón Tributario y evita ser multado
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que todos los contribuyentes inscritos en el RFC (personas físicas y morales) están obligadas a habilitar su Buzón Tributario antes del 1 de enero de 2025 y se informó que, en caso de no cumplir con esta medida, los contribuyentes podrían hacerse acreedores a multas económicas de entre 3,850 a 11,540 pesos.
Es importante señalar que el Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los contribuyentes inscritos en el RFC cuyo objetivo principal es simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés y de manera ágil y segura, asimismo, a través de esta vía los contribuyentes pueden presentar promociones, avisos y dar cumplimiento a los requerimientos de la referida institución.
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Según la información difundida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para poder habilitar el Buzón Tributario es necesario que los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, cuenten con su e.firma, además, deben contar por lo menos con un correo electrónico y un número de celular, en caso de no contar con la e.firma se deberá agendar una cita en algún módulo de la referida institución.
Con información de El Heraldo