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Héctor Serrano Cortés consideró que las impugnaciones contra las modificaciones legislativas forman parte de un proceso institucional
12:37 miércoles 4 noviembre, 2026
San LuisSan Luis Potosí, SLP.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de las reformas a la legislación electoral de San Luis Potosí que contemplan la posibilidad de que las personas candidatas se sometan voluntariamente a evaluaciones de control y confianza, luego de resolver las acciones de inconstitucionalidad 94/2026 y su acumulada 98/2026, promovidas por el partido Somos y el Poder Ejecutivo Federal. Al respecto, el diputado Héctor Serrano Cortés consideró que las impugnaciones contra las modificaciones legislativas forman parte de un proceso institucional que permite fortalecer las leyes a través de los criterios y resoluciones del máximo tribunal del país, por lo que descartó que el fallo deba asumirse como un triunfo político del Congreso local. El legislador sostuvo que, más allá de la controversia que generaron las reformas, es positivo que la Corte haya revisado su constitucionalidad y determinado la validez del decreto. Añadió que las impugnaciones no deberían generar preocupación entre los legisladores, sino entenderse como mecanismos para dar certeza jurídica a las propuestas aprobadas. Entre los argumentos centrales de la resolución, elaborada por el ministro ponente Arístides Rodrigo Guerrero García, se determinó que las evaluaciones de control y confianza para las candidaturas son voluntarias, por lo que no constituyen un requisito de elegibilidad ni representan una invasión a las competencias federales. Asimismo, la SCJN consideró que no era necesaria una consulta a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, ni a personas con discapacidad, debido a que las disposiciones no incidían directamente en sus derechos. La resolución también estableció que la adecuación relacionada con la integración de los ayuntamientos respondió a la reforma del artículo 115 constitucional y que el decreto fue publicado con más de 90 días de anticipación al inicio del proceso electoral, por lo que reconoció la validez de las disposiciones impugnadas. Serrano Cortés defendió la utilidad de estas evaluaciones al señalar que quienes aspiran a ocupar cargos públicos, particularmente aquellos desde los que se toman decisiones de gobierno, deben contar con condiciones que permitan acreditar su confiabilidad. Como ejemplo, recordó que cuando se desempeñó como secretario general de Gobierno se sometió a una certificación ante el entonces Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN). El diputado aclaró que este tipo de procedimientos no se traducen necesariamente en una calificación de aprobado o reprobado, sino en una valoración sobre las condiciones de confianza de una persona para ejercer determinadas responsabilidades. Consideró que la ciudadanía debe tener elementos adicionales a la exposición mediática o la promoción personal para conocer los antecedentes de quienes buscan gobernar. Únete a nuestro canal de WhatsApp para no perderte la información más importante 👉🏽 https://gmnet.vip/7Be3H