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(AUDIO) El reparto de utilidades tiene como fecha límite el 30 de mayo para las personas morales y el 29 de junio para las personas físicas
18:08 lunes 13 mayo, 2024
San LuisEl secretario del trabajo y previsión social de San Luis Potosí, Néstor Garza, detalló en entrevista para AltaVox que con relación al reparto de utilidades se entregan de parte del patrón como un reconocimiento al trabajador, sin embargo, existe la posibilidad de que la empresa no tenga utilidad y, por eso, no se lleve a cabo dicha repartición. Señaló que las personas que están sujetas al pago de utilidades son las organizaciones o centros de trabajo que en su declaración anual presentaron más de 300 mil pesos en utilidades, por lo cual, aquellos trabajadores que están contratados por honorarios, personal de confianza, trabajadores del Seguro Social, entre otros, no son susceptibles a este pago.
Existen dos factores para hacer el cálculo de cuánto le toca a cada trabajador: uno son los días trabajados del año y el otro es el salario denominado, los cuales equivalen al 50 por ciento cada uno y es necesario contar con una antigüedad mínima de 2 meses en el centro de trabajo. Por otra parte, exhortó a los patrones el informarle a los trabajadores cuál es el panorama que vivirán respecto a las utilidades, sin importar si habrá entrega o no. Además, resaltó que mantienen un constante monitoreo respecto a las buenas prácticas en las empresas y aunque no existe un fundamento en la ley para la convocatoria o emplazamiento a huelga o paro en materia de utilidades, existe un mecanismo de impugnación sobre la declaración anual que están presentando las empresas. Destacó que, de manera anónima en las redes sociales de la dependencia se pueden llevar a cabo denuncias sobre malas prácticas que podrían estar produciéndose en los centros de trabajo u organización con relación a las utilidades o a cualquier otra situación. El reparto de utilidades tiene como fecha límite el 30 de mayo para las personas morales y el 29 de junio para las personas físicas.