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Multas a empresas que no cumplan esta prestación irán de los 40 mil a los 90 mil pesos
17:41 martes 15 diciembre, 2020
San LuisEstamos en la temporada de pago de aguinaldos, por lo que el abogado Jorge Pérez Vilet señaló que, en caso de que no se cumpla el pago de esta prestación, lo ideal es acudir lo antes posible ya sea al Centro de Conciliación Laboral del Estado, al Centro Federal de Conciliación y Registro Patronal o a la Secretaria del Trabajo y de Previsión Social, esto dependiendo de dónde esté registrada la empresa, con el fin de que se haga una revisión y concluir con multas para las personas que no se hayan pagado el aguinaldo. El abogado detalló que la pandemia no será un pretexto para los patrones para no otorgar el aguinaldo, ya que este se considera como parte del salario, por eso el gobierno de la república dijo que el impacto no se podrá compensar de los salarios o prestaciones del trabajador y más ahora que con la ayuda de los semáforos se ha podido restablecer los comercios con más normalidad que al inicio de la pandemia. Si un patrón piensa protestar por esta situación, la ley obligará a pagar el aguinaldo, además de una multa que podría ser de 40 mil a 90 mil pesos. Agregó que el costo de la multa puede variar, porque en ocasiones por conflictos personales a un trabajador no se le brinda dicho pago, pero en ocasiones no se le paga dicha prestación a toda una plantilla, algo que podría ser más frecuente en esta ocasión por la crisis que están envueltas muchas empresas por problemas por la pandemia por Covid-19. Jorge Pérez detalló que existen tres prestaciones por las cuales se reciben mayor número de demandas porque el patrón no paga a tiempo, las cuales son: aguinaldo, reparto de utilidades en el mes de mayo y personal que gana el salario mínimo si no se le paga semanalmente. Por lo que invita a denunciar en caso de que llegue el 20 de diciembre y el aguinaldo no se vea reflejado en la cuenta bancaria del trabajador.