Vínculo copiado
Justifica en su propuesta que “en relación con los avances y trasformaciones que han tenido las disposiciones fiscales federales de dicho año a la fecha, sitúan a nuestro código tributario local en posición de retraso”.
14:26 martes 21 noviembre, 2017
San LuisEl gobernador del estado Juan Manuel Carreras presentó una iniciativa para reformar el Código Fiscal del Estado para que se puedan contemplar medidas como el embargo y la inmovilización de fondos con el objeto de generar mayor percepción de riesgo en los deudores y evitar que los contribuyentes realicen prácticas que retarden el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Justifica en su propuesta que “en relación con los avances y trasformaciones que han tenido las disposiciones fiscales federales de dicho año a la fecha, sitúan a nuestro código tributario local en posición de retraso”. En la iniciativa se proponen adecuaciones tales como el Procedimiento Administrativo de Ejecución en sus diversas etapas, incluyendo la enajenación y administración de bienes adjudicados, a efecto de hacerlo más eficiente y oportuno, y la tramitación de Recurso de Revocación agilizando así la sustanciación de los mismos, lo cual afirma, repercute de manera favorable en los resultados de la actuación de la autoridad fiscal. Específicamente en el artículo 56 se establecería que las autoridades fiscales podrán emplear medidas de apremio, para hacer cumplir sus determinaciones y cuando los contribuyentes, los responsables solidarios o terceros relacionados con ellos, impidan de cualquier forma o por cualquier medio el inicio o desarrollo de sus facultades: 1.- Solicitar el auxilio de la fuerza pública.; 2.- Imponer multa de diez a quinientas Unidades de Medida y Actualización; 3.- Practicar el aseguramiento precautorio de los bienes o de la negociación del contribuyente o responsable solidario, respecto de los actos, solicitudes de información o requerimientos de documentación dirigidos a éstos. Al igual que en el artículo 86, donde se contempla las condiciones en las que se podrá practicar embargo precautorio, sobre los bienes o la negociación del contribuyente. Entre otras modificaciones en varios artículos de la normatividad. Consulta la gaceta parlamentaria completa aquí: